1. Escrito libre solicitando la Expedición de la Constancia de Acreditación incluyendo los objetivos, misión y visión, dirigido al Titular del Organismo; además deberá manifestar "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD", dentro del mismo documento de manera clara y precisa, los días laborables así como los horarios en los que se encuentren operando; así como el origen de los recursos económicos o en especie con que se encuentra trabajando la asociación civil.
2. Copia simple de la identificación oficial del Representante Legal de la asociación u organización.
3. Copias simples del Acta Constitutiva* y, en su caso, los instrumentos notariales donde consten las modificaciones que haya sufrido a su estructura constitutiva, las cuales deben establecer rubros asistenciales en su objeto de creación y deberán estar debidamente registradas ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
El Acta Constitutiva o sus modificaciones deben estipular estrictamente lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en conjunto con el penúltimo párrafo.
4. Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) de la asociación u organización de que se trate.
5. Copia simple de algún comprobante de domicilio de la Asociación u organización, domicilio el cual deberá coincidir con el que se encuentra estipulado en el R.F.C. de la misma.
6. Fotografías del Inmueble (mínimo 5-cinco) en donde se encuentra instalada la Asociación u organización; tanto del exterior, donde se deberá acreditar la difusión que se realice de la misma para la mayor captación de candidatos a recibir apoyos, así como del interior del mismo; y adjuntar trípticos y folletos, en caso de contar con ellos.
7. Mínimo, (03-tres) Cartas de Recomendación suscritas y elaboradas de puño y letra por los particulares (personas físicas que hayan recibido el apoyo), en original y de fecha actual, que hayan sido Beneficiarios de dicha Asociación u organización en las que se manifieste "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD" el tipo de apoyo recibido y que contengan nombre completo, domicilio, teléfono y firma de los dicentes; además se deberá agregar copia simple de la identificación oficial de los mismos.
8. Muestreo de los expedientes de beneficiarios que manejan en la asociación el cual deberá contener mínimo: solicitud de apoyo, identificación oficial del solicitante o beneficiario, estudio socioeconómico o documento idóneo en el que se justifiquen las causas necesarias que lo puedan acreditar como candidato a recibir los apoyos que brinda la asociación y documento que acredite de manera clara la entrega de los apoyos recibidos por el beneficiario.
Nota.- *Toda A. C. de reciente formación deberá tener como mínimo 6 meses de constituida contados a partir de la fecha de su constitución ante fedatario público, y encontrarse a la fecha trabajando en lo relacionado con su objeto social. Asimismo es de mencionar que, en caso que se haya expedido de manera favorable a la asociación la constancia de acreditación y ésta por alguna causa no haya realizado el trámite, se solicita un escrito (adicional) en el cual se manifiesten las causas por las cuales no se continuó con el trámite ante la autoridad hacendaria; para lo cual se evaluará la situación particular de cada caso para determinar la procedencia de su solicitud. Cuando la autoridad correspondiente le realice algún señalamiento a la asociación para llevar a cabo modificaciones a su acta constitutiva y ya le haya sido expedida la constancia, se le requerirá de igual forma, añada a los documentos la resolución que contenga dicha instrucción. En caso de faltar algún documento de los requeridos anteriormente, no será posible dar inicio a su trámite hasta una vez que se hayan cumplimentado los mismos.