Fundamento jurídico
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Fundamento jurídico
LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
Artículo 21. Corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa estatal las siguientes atribuciones:
V. Revalidar y otorgar equivalencias de estudio de la educación preescolar, primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría de Educación Pública expida.
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Artículo 55. Corresponden a la persona titular de la Coordinación de Acreditación, Certificación y Control Escolar de Educación Básica, las siguientes atribuciones:
X.- Con fundamento en los artículos 114 fracción VI y 115 fracción V de la Ley General de Educación, efectuar trámites de revalidaciones de estudios realizados en el extranjero, así como otorgar equivalencias de estudios de Educación Básica de todos los niveles educativos, de acuerdo con los lineamientos generales que al efecto emita la Secretaría de Educación Pública.
Artículo 77. Corresponden a la persona titular de la Coordinación de Acreditación, Certificación y Control Escolar de Educación Media Superior y Superior las siguientes atribuciones:
X.- Con fundamento en los artículos 114 fracción VI y 115 fracción V de la Ley General de Educación, efectuar trámites de revalidaciones de estudios realizados en el extranjero, así como otorgar equivalencias de estudios de Educación Media Superior y Superior de todos los niveles educativos, de acuerdo con los lineamientos generales que al efecto emita la Secretaría de Educación Pública.
ACUERDO número 02/04/17 por el que se modifica el diverso número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodiacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo.