Fundamento jurídico
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Fundamento jurídico
De conformidad con el artículo 36 fracciónes V, VI y VII del Reglamento Interior del Instituto Estatal de las Mujeres del estado de Nuevo León:
Artículo 36. Además de las señaladas en el artículo 30 de este Reglamento, la o el Titular de la Coordinación de Capacitación y Enlaces tiene las siguientes funciones y obligaciones:
V. Desarrollar procesos de capacitación y formación con enfoque de género dirigidos a los diferentes sectores y grupos sociales;
VI. Integrar una red de capacitación sobre perspectiva de género y demás temas afines a las labores del Instituto, con las dependencias y organismos del sector público, privado, social y académico, a nivel estatal y municipal;
VII. Coordinar las acciones de capacitación con las dependencias u organismos del sector público, privado, social y académico para el logro de los objetivos institucionales a través de la planeación, sistematización, programación, evaluación y desarrollo de acciones de mejora continua de los programas de capacitación