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servicio

Apoyos a Hijos de Personas Desaparecidas

Otorgar un apoyo para hijas y/o hijos dependientes económicos de personas desaparecidas que se entrega mensualmente mediante un monedero electrónico para la adquisición de insumos.

Reglas de Operación del Programa Apoyo a Hijos de Personas Desaparecidas, vigentes hasta el día 31 de diciembre de 2023

Otras formas de aplicar

ETAPA 1

Prepara tu documentación
Enumerar y detallar los requisitos 

Requisitos:
Para poder ser acreedor a este apoyo deberá cumplir con los siguientes:

  1. Copia de identificación oficial del solicitante o del beneficiario en caso de que este sea mayor de edad.
  2. Comprobante de domicilio o carta de Juez de Barrio o carta de residencia expedida  por la autoridad municipal;
  3. Tratándose de hijas o hijos con discapacidad de personas desaparecidas, presentar el dictamen médico correspondiente expedido por instituciones públicas o privadas que la acredite; en caso de no contar con este documento, la Subdirección de Gestoría Social solicitará al Centro de Rehabilitación y Educación Especial la valoración médica gratuita para acreditar el tipo de discapacidad que padece;
  4. En casos de hijas y/o hijos dependientes económicos mayores de edad, que se encuentren estudiando hasta nivel medio, superior o equivalente, deberán presentar comprobante del ciclo en curso;
  5. Reconocimiento de calidad de víctima otorgado por el Ministerio Público, en términos de la Ley General de Víctimas o de la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León;  
  6. En caso de niñas, niños y adolescentes o personas con discapacidad, quien se ostente como responsable de los mismos, deberá presentar Carta de Juez de Barrio, Carta de Juez Auxiliar o documento legal que lo acredite.

Además de presentar la citada documentación, el solicitante deberá proporcionar la información necesaria para que el DIF Nuevo León pueda acceder al documento que compruebe la relación de parentesco (hija o hijo) con la persona desaparecida, así como el CURP de la persona desaparecida; y para personas nacidas en otros Estados, en el Extranjero o que sus actas o CURP no sean localizadas, los solicitantes deberán realizar las gestiones necesarias para la obtención de estos documentos y presentarlos con la documentación antes citada.  

Bastará la presentación de copias simples de los documentos mencionados para que la solicitud de apoyo sea considerada completa

ETAPA 2

Considera el pago
Gratuito o de costo 
Sin costo

ETAPA 3

Consulta las ubicaciones disponibles
A dónde acudir 
Subdirección de Gestoría Social
Ver en mapa
[1]
Dr. Coss Número exterior S/N
Número interior s/n Piso PB
Funcionario responsable
Lic. Norma Rodríguez López
Tel: 81 20208600
Correo: norma.rodriguez@difnl.gob.mx [2]
Horario
L-V 8:00 AM a 2:00 PM
3:00 PM a 5:00 PM
MAPA
[1]

ETAPA 4

Considera lo siguiente para obtenerlo
Tiempo de respuesta 
Posteriores
Días hábiles posteriores 
10
Tiempo para recibir el servicio 
Último día hábil de cada mes
Efectos de la no resolución 
Negativa ficta
Criterio de resolución 
El solicitante tendrá que cumplir con los requisitos establecidos así como presentar toda la documentación solicitada para poder recibir el apoyo, esto siempre y cuando todavía exista suficiencia presupuestal.
Vigencia 
Especifica del caso
Descripción 
Los beneficiarios dejarán de recibir el apoyo cuando: 1.-Se compruebe que la persona desaparecida ya fue localizada con vida o se acredite su defunción. 2.-Cumplan mayoría de edad y no se encuentren estudiando, siempre y cuando no se trate de personas con discapacidad. 3.-Presente documentación apócrifa. 4.-Insuficiencia presupuestal en cualquier momento del ejercicio fiscal en curso.
Formato 

URL de origen: https://retys.nl.gob.mx/servicios/apoyos-hijos-de-personas-desaparecidas

Enlaces
[1] https://retys.nl.gob.mx/../node/15039
[2] mailto:norma.rodriguez@difnl.gob.mx