Autorización uso de derecho de vía en caminos y puentes estatales.

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Autorización uso de derecho de vía en caminos y puentes estatales.

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Se concede Autorización para la ejecución de obras dentro del derecho de vía o para la instalación servicios conexos o auxiliares del transporte en carreteras y puentes estatales.
Dirigido a 
Ciudadano/Empresarial
Homoclave 
GENL-SC-001
Modalidad 

1.- Cruzamiento a Cielo Abierto: Para Instalación de tubería para Agua, Drenaje, Gas, Energía Eléctrica, Red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones.
2. - Adosado a puentes: Para Instalación de tubería para Energía Eléctrica, Red de Telecomunicación.
3. Cruzamiento Subterráneo (Método de hincado direccional) Para Instalación de tubería para Agua, Drenaje, Gas, Energía Eléctrica, Red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones).
4. Cruzamiento Aéreo: Para Instalación de red de Energía Eléctrica, de telecomunicaciones y cualquier otro tipo de instalaciones.
5. Derecho de Vía (Zanja en Terracería): Para Instalación de tubería para Agua, Drenaje, Gas, Energía Eléctrica, Red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones.
6.- Construcción o instalación de registros o pozos de visita: Para Agua, Drenaje, Gas, Energía Eléctrica, Red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones.
7. Derecho de Vía (Ocupación Marginal con postes únicamente se autoriza en terracería): Para Instalación de postes para Energía Eléctrica, red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones.
8.- Ocupación Marginal con tendido de cable para energía eléctrica o fibra óptica en postes existente: Para Instalación de red para Energía Eléctrica, red de Telecomunicación y cualquier otro tipo de instalaciones.
9. Acceso Vial: Carriles de Aceleración y Desaceleración
10. Instalación de anuncios: Instalación de infraestructura para anuncios panorámicos.

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Formato 

Las condiciones descritas en esta página deben ser respetadas por los servidores públicos de la dependencia u organismo ante quienes se gestione el trámite o servicio. No podrán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la aquí mencionada. En caso contrario, cualquier ciudadano o persona moral podrá formular Queja ante la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria en las oficinas ubicadas en la Torre Administrativa Piso 15, Washington No. 2000 Ote., Col. Obrera C.P. 64010; o en línea, a través del botón Queja Ciudadana en la parte inferior.
Para mayor información consultar http://retys.nl.gob.mx/servicios/queja-ciudadana

Queja Ciudadana

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De este servicio
Teléfono:
070
23 de Octubre de 2023

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