Fundamento jurídico
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REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN. Artículo 51.- A la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar, le compete: XXVII. Realizar la validación de documentos escolares, a fin de garantizar la autenticidad de su expedición por los planteles educativos, en todos sus niveles, con apoyo en los registros escolares y la base de datos de la propia Secretaría.