Fundamento jurídico
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Fundamento jurídico
Ley de la Juventud para el Estado de Nuevo León
Artículo 37 Bis 1.- El Programa Estatal de la Juventud dentro de sus lineamientos debe contemplar mecanismos para el estudio, la sistematización, la promoción y el fortalecimiento de las diferentes identidades juveniles que coexisten en la ciudad.
Ley del Instituto Estatal de la Juventud
Artículo 5 de la ley del instituto Estatal de la Juventud fracción I, inciso H) Mecanismos para el estudio, la sistematización, la promoción y el fortalecimiento de las diferentes identidades juveniles que coexisten en la sociedad;
Articulo 5 fracc XXII. Impulsar y promover ante las autoridades competentes el establecimiento de programas educativos, becas, y apoyos financieros que alienten y estimulen la continuidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje de los jóvenes;