Fundamento jurídico
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Fundamento jurídico
Reglamento interior de la Secretaría de Economía y Trabajo.
Sección III
De la Dirección de Capacitación y Certificación
Artículo 16. Al frente de la Dirección de Capacitación y Certificación habrá un Director de Capacitación y Certificación que tendrá las siguientes atribuciones:
I. Promover y coordinar las acciones de capacitación y adiestramiento, a través de las direcciones de esta Secretaría o de programas institucionales.
IX. Determinar estrategias, políticas y lineamientos para la ejecución de las actividades de planeación y evaluación, académicas, de vinculación con el sector productivo y las de apoyo administrativo.
X. Expedir certificados y otorgar constancias y diplomas a los capacitados por los servicios de formación para el trabajo.
XI. Dirigir y coordinar la prestación del servicio de capacitación para el trabajo, con el fin de proporcionar conocimientos, habilidades y destrezas a las personas que buscan su inserción en el mercado laboral, proponer y difundir la normatividad técnico-pedagógica en la materia, así como fomentar las actividades de la incubadora de negocios del instituto y el Sistema de Certificación.
XVI. Promover la formación de capital humano especializado.