Tiempo para recibir el servicio
Un plazo no mayor a 15 días hábiles
Efectos de la no resolución
Criterio de resolución
Cubrir los requisitos personales y documentales.
Medios de defensa para el solicitante
Convenio Especifico para la Asunción de Funciones en materia de Vida Silvestre, que celebra la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Organismo Público Descentralizado denominado Parques y Vida Silvestre de Nuevo León. DOF: de fecha 12/06/2014.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
Artículo 78 de la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03/07/2000, y Artículos 26, 27 y 131 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.