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Permiso / Registro

Modificación de Datos del Registro de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre

Regresar a:  
Vida silvestre y áreas naturales protegidas [1]
Regresar a: 
Áreas naturales protegidas y UMA’s [2]
Modificación de datos del registro de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre (UMA).

Otras formas de aplicar

ETAPA 1

Prepara tu documentación
Enumerar y detallar los requisitos 

Llenar Formato SEMARNAT-08-011 Modificación de datos del Registro de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre

Propuesta específica de modificación al plan de manejo, cuando se trate de cambios en la especie, forma de manejo o utilización de cercos en los términos previstos en el presente instrumento, a la cual se anexará la documentación que en su caso corresponda;

Documentación que acredite derechos de propiedad o legítima posesión sobre los predios, en caso de cambios en la superficie de la UMA;

Nombre del nuevo responsable técnico;

Formatos 
http://retys.nl.gob.mx/sites/default/files/f-17_ff-semarnat-098_semarnat-08-011.pdf

ETAPA 2

Considera el pago
Gratuito o de costo 
Sin costo

ETAPA 3

Consulta las ubicaciones disponibles
A dónde acudir 
Parque Niños Heroes, Oficina de Parques y Vida Silvestre
Ver en mapa
[3]
Av. Alfonso Reyes Norte Número exterior 1000
Número interior S/N Piso PB
Funcionario responsable
Gustavo Cecilio Treviño Villarreal
Tel: 81 20331205
Correo: pvs.nl@nuevoleon.gob.mx [4]
Horario
L-V 9:00 AM a 2:00 PM
MAPA
[3]

ETAPA 4

Obten tu permiso o registro
Tiempo de respuesta 
Mismo día
Tiempo para recibir el servicio 
Plazo Máximo de Respuesta 10 Hábiles Artículo 47, último párrafo.Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado el 09 de Mayo de 2014
Efectos de la no resolución 
Afirmativa ficta
Criterio de resolución 
Cubrir los requisitos personales y documentales
Medios de defensa para el solicitante 
Convenio Especifico para la Asunción de Funciones en materia de Vida Silvestre, que celebra la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Organismo Público Descentralizado denominado Parques y Vida Silvestre de Nuevo León. DOF: de fecha 12/06/2014. Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre Artículo 47, párrafo primero del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30/11/2006.
Vigencia 
Especifica del caso
Descripción 
Lo que se tarden en realizar la modificación

Información relevante

Formato 

URL de origen: http://retys.nl.gob.mx/servicios/modificacion-de-datos-del-registro-de-unidades-de-manejo-para-la-conservacion-de-la-vida

Enlaces
[1] http://retys.nl.gob.mx/temas-servicios/vida-silvestre-y-%C3%A1reas-naturales-protegidas
[2] http://retys.nl.gob.mx/subtemas-servicios/%C3%A1reas-naturales-protegidas-y-uma%E2%80%99s
[3] http://retys.nl.gob.mx/../node/45464
[4] mailto:pvs.nl@nuevoleon.gob.mx