El Fedatario Público debe contar previamente con su usuario y contraseña para tener acceso a los trámites de Notarios, único medio autorizado por la Entidad Federativa para presentar declaraciones y pagos; deberán solicitarla a la página https://recaudacion.nl.gob.mx/notarios [3] y deberán anexar la Constancia del SAT y el nombramiento como Notario Público.
El Notario Público ya registrado solo requiere ingresar usuario y contraseña en la página https://tramites.nl.gob.mx [4] seleccionar iniciar trámite, seleccionar el Impuesto que desea declarar ISR 5% por Enajenación de Inmuebles e ingresar los siguientes datos: No. y fecha de firma de escritura; folio forma del aviso de Enajenación, Municipio y No. de Exp. Catastral del inmueble que se enajena ; CURP, R.F.C., fecha de nacimiento y No. De Credencial de Elector del (os) enajenante (s); % del inmueble (s) que se enajena, el sistema en forma automática jalará el nombre y apellido del enajenante (s) registrado en la RENAPO; importe de la ganancia por enajenación, monto del I.S.R. conforme al cálculo del art. 126 LISR ; el sistema calculará de forma automática el monto del ISR que corresponda a la E. F conforme al Art.127 LISR; y en su caso, los montos de parte actualizada y recargos por presentación extemporánea; validar que los datos sean los correctos; agregar al carrito e iniciar proceso de pago; según la forma de pago seleccionada se muestran las pantallas correspondientes del medio elegido, posteriormente aparecerá una pantalla de información en la cual se le otorgará un número de folio, y le servirá para cualquier duda o aclaración. Una vez terminado el proceso de pago se presenta el recibo electrónico desde el que podrá solicitar su Comprobante Fiscal Digital (CFDI).
1) Tener usuario y contraseña para tener acceso a https://tramites.nl.gob.mx [4]
2) Para la captura de los datos de la declaración requiere tener a la mano el No. y fecha de Escritura; Municipio y el No. del Expediente Catastral del inmueble que enajena; C.U.R.P, RFC, fecha de nacimiento y No. De folio de la Credencial de Elector del Enajenante; % de la propiedad que enajena; monto de la ganancia por enajenación; monto del impuesto que procede conforme al Art.126 LISR y el sistema en forma automática calculara el monto del impuesto que corresponde a la Entidad Federativa, conforme al Art.127 LISR, y en su caso, la parte actualizada y recargos por la presentación extemporánea.
Enlaces
[1] https://retys.nl.gob.mx/temas-servicios/impuestos-y-contribuyentes
[2] https://retys.nl.gob.mx/subtemas-servicios/declaraciones-de-impuestos
[3] https://recaudacion.nl.gob.mx/notarios
[4] https://tramites.nl.gob.mx/
[5] https://retys.nl.gob.mx/../node/12674
[6] mailto:egobierno@nuevoleon.gob.mx