(Únicamente de no haberla acreditado anteriormente, pues en caso contrario podrá referir el documento con el que la haya justificado y la fecha de presentación oficial del mismo).
a) Carta poder otorgada ante dos testigos (anexar copia de identificación de quien otorga, recibe el poder y de los dos testigos), poder ratificado ante notario público, o bien poder otorgado en escritura pública.
b) Identificación oficial vigente con fotografía (credencial del IFE, cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación, cartilla militar, pasaporte, documento migratorio FM3). Nota: se requiere traer copia simple y original para cotejo.
Deberán ser realizados por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. La fecha de toma de muestras para análisis y la fecha de entrega de los resultados en la dependencia para el registro aludido, no deberá diferir en más de seis meses.
Todo aquel documento que sirva para permitir a esta autoridad determinar lo conducente en relación a la petición vertida, pudiendo ser estos entre otros: fotografías, videograbaciones, fichas técnicas, análisis específicos, manuales de operación, etc.
Enlaces
[1] https://retys.nl.gob.mx/temas-servicios/agua-drenaje-basura-contaminaci%C3%B3n-y-calidad-del-aire
[2] https://retys.nl.gob.mx/subtemas-servicios/actividades-contaminantes
[3] https://retys.nl.gob.mx/../node/12674
[4] mailto:itzel.proa@nuevoleon.gob.mx